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Consulta a la DGT sobre cuadriciclos de 4 plazas: edad para llevarlos.

Ante ciertas campañas de desinformación, cuando no maliciosas encaminadas al engaño, sobre la posibilidad de conducir cuadriciclos de 4 plazas desde los 16 años, CHATENET ESPAÑA ha elevado consulta vinculante a la DGT (Dirección General de Trafico) con el fin de aclarar legalmente este detalle.

De la respuesta esta consulta se infieren de forma clara las siguientes conclusiones:

* Los cuadriciclos de 4 plazas se engloban dentro de de la categoría L7e, cuadriciclo pesado, de acuerdo con el Anexo I del Reglamento 168/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo del 15 de enero de 2013.

* Conforme al Real Decreto 818/2009 de 8 de mayo por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores, en su articulo 4.2 e) se establece el permiso de conducción de la clase B como el indicado para la conducción de este tipo de vehículos.

* Independientemente de la clasificación que por uno u otro motivo se haya obtenido de Ministerio de Industria a la hora de homologar los cuadriciclos que se comercializan, el citado Reglamento General  de Conductores estable el permiso de clase B como el mínimo indicado para la conducción de vehículos de mas de 2 plazas, por lo que la edad mínima para conducir este tipo de vehículos es de 18 años.

Por lo tanto queda claro tras esta consulta, que para la conducción de cualquier vehículo catalogado como cuadriciclo pesado (L7e) es necesaria la obtención del permiso B (18 años) así como para cualquier vehículo de mas de 2 plazas independientemente de su catalogación u homologación.

Es muy importante este detalle a la hora de la adquisición de un cuadriciclo ya que en ningún caso la responsabilidad respecto a la información recibida o transmitida recae en el vendedor, siendo obligación del comprador o de quien conduzca el vehículo estar al tanto de la normas dictadas por la DGT.

! OJO Esto significa que si adquirimos un vehículo de estas características, 4 plazas, y no contamos con el permiso adecuado al mismo, clase B, la responsabilidad siempre será del conductor y del propietario del citado vehículo, lo cual incluye la posible responsabilidad derivada de la carencia de una póliza de seguro que cubra la Responsabilidad Civil, al no contar con el permiso adecuado. En ningún caso podremos reclamar al vendedor responsabilidad alguna.

¡¡¡ NO NOS DEJEMOS ENGAÑAR, LA LEGISLACIÓN ES CLARA !!!


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